31.10.2008 / Noticias Fiscales
DOTACI?N DEL 1% A LA PROVISI?N DE IMPAGADOS PARA LA PEQUE?A EMPRESA.

Uno de los incentivos fiscales en el Impuesto sobre Sociedades para las empresas de reducida dimensión (hasta 8 millones de euros anuales de facturación) es la posibilidad de una dotación global a la provisión de un 1% de los importes pendientes de cobro a fin de ejercicio.

 

 

Al revés de lo que puede ocurrir con otros incentivos que suponen un diferimiento en el pago del impuesto (amortización acelerada o íntegra en el año de aduisición para bienes de pequeño valor), esta medida puede convertirse en un ahorro fiscal permanente si los saldos de los deudores no sufren variación de un año a otro.

 

 

La base del cálculo del 1% del saldo pendiente de cobro se obtendrá restando del total de las mismas:

a)         Los impagados que hayan sido objeto de una provisión individual y que haya resultado fiscalmente deducible, es decir, impagados que a la fecha del cierre del ejercicio tengan más de seis meses de antigüedad.

b)         Los saldos que provengan de entidades vinculadas, adeudados o garantizados por Entidades de Derecho Público, o garantizados mediante un seguro de crédito y caución.

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