02.05.2007 / Noticias Fiscales
PRINCIPALES NOVEDADES DEL REGLAMENTO DEL I.R.P.F.

PRINCIPALES NOVEDADES DEL REGLAMENTO DEL I.R.P.F.

En el B.O.E. del pasado 31 de marzo se ha publicado el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que desarrolla la ley que entró en vigor el pasado 1 de enero de dicho impuesto. Reseñamos seguidamente los principales puntos que se desarrollan en dicho Reglamento.

Opciones de compra sobre acciones
Se eleva a 21.300 euros (hasta 31 de diciembre de 2006 la cifra era de 20.500 euros), el importe del salario medio anual del conjunto de contribuyentes que se utiliza para determinar el límite de aplicación de la reducción del 40 por ciento al rendimiento derivado del ejercicio de opciones de compra sobre acciones o participaciones por los trabajadores.

Servicios de comedor en las empresas
Se aumenta hasta los 9 euros el límite exento diario cuando se utilicen fórmulas indirectas de prestación del servicio de comedor por parte de las empresas, tickets restaurantes, y se introducen nuevas fórmulas como las tarjeras y demás medios electrónicos de pago.

Prestaciones de previsión social
Se regula la reducción por obtención de rendimientos del trabajo así como las nuevas condiciones para el incremento de las prestaciones por prolongación de la actividad laboral después de los 65 años de edad.

Exención por despido o cese del trabajador
En la exención por despido o cese del trabajador se ha modificado la presunción existente hasta ahora para los casos de nueva contratación del trabajador en la misma empresa u otra vinculada.

Becas de estudio y formación de investigadores
La exención de las becas de estudio y formación de investigadores incluirá los costes de matrícula, seguro de accidentes y asistencia sanitaria, así como una dotación económica con un límite de 3.000 euros anuales. Hasta los estudios de segundo ciclo universitario la dotación máxima exenta será de 15.000 euros cuando compensen gastos de alojamiento y transporte. Si los estudios son en el extranjero la dotación será de 18.000 euros. En los estudios de tercer ciclo los importes exentos serán, respectivamente de 18.000 y 21.600 euros.

Ayuda a los deportistas de alto nivel
Se incrementa el límite de las exenciones de las ayudas a los deportistas de alto nivel hasta los 60.100 euros.

Cuotas satisfechas a colegios profesionales
Se amplía de 300 a 500 euros anuales la cuantía del gasto deducible por cuotas satisfechas a colegios profesionales.

Rendimientos por alquiler de vivienda
Dichos rendimientos podrán ser negativos salvo que procedan de gastos de conservación y reparación del inmueble y de los derivados de intereses de financiación ajena, si bien los gastos por estos conceptos cuando originen rendimiento negativo podrán deducirse en los cuatro ejercicios siguientes.
Se regula la comunicación que tendrá que hacer el arrendatario para que el arrendador pueda aplicarse la reducción por el alquiler de vivienda a jóvenes.

Tributación en el método de estimación objetiva
Se fija el límite para poder acogerse a este método en 450.000 euros anuales de facturación para el conjunto de actividades económicas. Para las actividades agrícolas y ganaderas el límite se establece en 300.000 euros anuales.

A señalar que dentro de estos límites deberán computarse no sólo las operaciones correspondientes al contribuyente, sino también las correspondientes al cónyuge, descendientes y ascendientes, así como por las entidades en régimen de atribución de rentas en las que participen cualquiera de los anteriores, cuando se dediquen a la misma actividad económica.

Exención por reinversión en vivienda habitual para mayores de 65 años o personas en situación de dependencia severa
Para mayores de 65 años y personas en situación de dependencia severa, se permite considerar como vivienda habitual aquella que reúna tal condición, no sólo en el momento de la venta, sino también hasta los dos años anteriores a la transmisión. Con ello se permite que el contribuyente en tales condiciones pueda dejar de residir efectivamente en su vivienda disponiendo de un plazo adicional para su venta sin perder la correspondiente exención.

Deducción por adquisición de vivienda habitual
En los casos de separación, divorcio o nulidad matrimonial, se permite la deducción por adquisición de vivienda habitual cuando la misma siga siendo la habitual de los hijos del contribuyente y del progenitor en cuya compañía queden, y se prevé la posibilidad de deducir por otra vivienda habitual, fijándose para ambas viviendas el límite máximo de 9.015 euros.

Aportaciones a planes de pensiones por personas jubiladas
Se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones para recoger la posibilidad de que las personas jubiladas puedan seguir aportando a planes de pensiones, con la ventaja fiscal correspondiente, y su cobro posterior de manera flexible, de manera que el beneficiario pueda elegir y modificar la fecha o fechas de cobro en función de sus necesidades de renta disponible.

Límites anuales de aportación a planes de pensiones
Se confirman los límites anuales de aportación a planes de pensiones: 10.000 euros anuales por partícipe y 12.500 euros anuales para personas mayores de 50 años, sin perjuicio del régimen especial de aportaciones a favor de discapacitados.
Se regula que las aportaciones que excedan dichos límites deberán ser devueltas antes de junio del año siguiente al que se realizaron, ya que de no hacerse habrá sanción.

Traspasos de patrimonio entre planes de pensiones y seguros de vida
Estos traspasos no podrán ser posibles hasta el 1 de enero de 2008, plazo necesario para que las compañías de seguros se ajusten con garantías a estos traspasos.

 

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