29.09.2011 / Noticias Fiscales
MODIFICACIONES MODELO 347 Y MODELO 340

MODIFICACIONES PREVISTAS EN EL MODELO 347 (Declaración anual
operaciones con terceras personas)

 Suministro de información: TRIMESTRALIZADA.

Se presentará una única declaración anual en la que la información sobre las
operaciones realizadas se proporcionará desglosada trimestralmente. Imputación temporal: En el mismo periodo en el que deban anotarse las
operaciones en los libros registro de IVA; se homogeneiza así el periodo de
imputación con el modelo 340.
 Plazo de presentación: Mes de febrero.
Las declaraciones del modelo 347 correspondientes al ejercicio 2011 se
presentarán durante el mes de febrero de 2012.
A recordar que las operaciones se continuarán declarando en el modelo 347
siempre y cuando superen anualmente el importe de 3.005,06 €, (300,51 euros
en el supuesto de cobros por cuenta de terceros).

MODIFICACIONES PREVISTAS EN EL MODELO 340 (Declaración de
operaciones incluidas en los libros registro del IVA y del IGIC)


Estas modificaciones afectan al contenido y presentación del modelo 340 a realizar
a partir del ejercicio 2012.
 Los obligados a presentar el modelo 340 no deberán presentar el modelo 347
en ningún caso.
 Se amplía la información a suministrar en este modelo, para incluir las
operaciones, distintas de las contenidas en los Libros registro, que antes debían
declararse en el 347.
 Prórroga: Se pospone hasta 2014 la entrada en vigor de la presentación del
modelo 340 para los obligados tributarios no inscritos en el registro de
devolución mensual del IVA que estén obligados a presentar por vía telemática
las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades y/o Impuesto sobre el Valor
Añadido.

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