31.03.2008 / Noticias Fiscales
PERDIDA POR DETERIORO EN PARTICIPACIONES O VALORES

El nuevo Plan General de Contabilidad no sólo ha cambiado la denominación de la provisión por depreciación de la cartera de valores que ahora se denomina “Pérdida por deterioro en participaciones o valores” sino que también ha modificado sensiblemente la forma de calcularla.

La forma de cálculo para los ejercicios en los que sea de aplicación el nuevo PGC: Se tiene que comparar el valor contable de la participación con el patrimonio neto según el balance de la participada pero corregido este último con las plusvalías tácitas existentes en la fecha de la valoración. La principal diferencia estriba pues, en que las plusvalías tácitas se deben valorar en la fecha de cierre y no en la fecha de adquisición como hasta ahora.

El cambio de normativa obligará a las empresas a analizar la evolución de las plusvalías tácitas existentes de sus participadas, lo que conllevará un seguimiento del valor no sólo de las existentes en el momento de la compra de los valores de la empresa participada, sino también de las nuevas plusvalías que puedan ponerse de manifiesto en otros elementos del activo; incluso será posible que deba recurrirse a tasaciones e informes periciales para justificar la provisión.

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