30.03.2015 / Noticias Fiscales
LEGALIZACION TELEMATICA LIBROS OFICIALES

Le informamos que desde la publicación y entrada en vigor de la Orden de la Dirección General de Registros y Notariado de 16 de febrero de 2015, en aplicación del art. 18 de la Ley 14/2013 obliga a, CAMBIOS EN EL SISTEMA DE LEGALIZACIÓN DE LIBROS OFICIALES (Libro de Actas, Libro Registro Socios, Libro Diario, etc.). Para el ejercicio 2014 y el futuro será obligatorio la legalización de todos los libros de los empresarios en formato electrónico y por vía telemática. Este sistema, que ya veníamos utilizando para los libros de contabilidad y de cuentas anuales, se hará extensivo a los libros de actas y socios que se mantenían en formato papel. La Orden de la DGRN que regula esta materia, prevé que los libros de actas y socios del ejercicio 2014 se presenten para su legalización, por vía telemática, una vez cumplimentados dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio social. Frente al sistema actual, en el que los libros de actas y socios en papel se cubrían y firmaban sin control de fechas, el nuevo sistema obligará a las empresas y asesores, para cumplir con la legalidad, a controlar escrupulosamente la celebración de Juntas, el levantamiento de actas, su firma y finalmente su legalización. Para cualquier duda o consulta sobre este y/o otros trámites no dude en ponerse en contacto con nosotros. Un saludo

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